Del Derecho a la Vida, a la Paz, a la Supervivencia y al Desarrollo - Disfrutar de una vida plena en condiciones acordes a su dignidad y en condiciones que garanticen su desarrollo integral y a no ser privados de la vida en ninguna circunstancia, ni ser utilizados en conflictos armados o violentos., Del Derecho de Prioridad - Que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos (Se les brinde protección y socorro, se les atienda antes que a las personas adultas y se les considere para el diseño y ejecución de las políticas públicas)., Del Derecho a la Identidad - Contar con nombre y los apellidos que les correspondan, contar con nacionalidad, conocer su filiación y su origen y preservar su identidad. Para NNA que cumplan con los requisitos para obtener la nacionalidad mexicana, se les brindarán todas las facilidades., Del Derecho a Vivir en Familia - A vivir en familia. La falta de recursos no podrá considerarse motivo suficiente para separarlos de su familia de origen o de los familiares con los que convivan., Del Derecho a la Igualdad Sustantiva - Acceso al mismo trato y oportunidades para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades. Garantizar la igualdad sustantiva (perspectiva de género, eliminación de costumbres, tradiciones, prejuicios, roles y estereotipos sexistas, medidas dirigidas de manera preferente a niñas y adolescentes que pertenezcan a grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja., Del Derecho a No ser Discriminado - No ser sujetos de discriminación alguna ni de limitación o restricción de sus derechos. Las autoridades están obligadas a llevar a cabo medidas especiales para prevenir, atender y erradicar la Discriminación Múltiple., Del Derecho a Vivir en Condiciones de Bienestar y a un Sano Desarrollo Integral - Vivir en un medio ambiente sano y sustentable, y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso. La obligación primordial de adoptar prácticas de crianza positiva y de proporcionar, dentro de sus posibilidades y medios económicos, las condiciones de vida suficientes para su sano desarrollo., Derecho de Acceso a una Vida Libre de Violencia y a la Integridad Personal - Vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal (mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad)., Del Derecho a la Protección de la Salud y a la Seguridad Social - Disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud., Del Derecho a la Inclusión de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad - Igualdad sustantiva ya sea por razón congénita o adquirida presentan una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, ya sea permanente o temporal. Vivir incluidos en la comunidad, en igualdad de condiciones que las demás niñas, niños y adolescentes., Del Derecho a la Educación - Una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Las autoridades federales deben: Adaptar el sistema educativo a las condiciones, intereses y contextos específicos de NNA y prestar servicios educativos en condiciones óptimas., De los Derechos al Descanso y al Esparcimiento - Al descanso, al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad (culturales, deportivas y artísticas). No podrán imponerles regímenes de vida, estudio, trabajo o reglas de disciplina desproporcionadas., De los Derechos de la Libertad de Convicciones Éticas, Pensamiento, Conciencia, Religión y Cultura - Sin ser discriminados de forma alguna por ejercer su libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura. Disfrutar libremente de su lengua, cultura, usos, costumbres, prácticas culturales, religión, recursos y formas específicas de organización social y todos los elementos que constituyan su identidad cultural., De los Derechos a la Libertad de Expresión y de Acceso a la Información - Expresar su opinión libremente, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de todo tipo y por cualquier medio (lengua indígena y sistemas de apoyo para NNA con discapacidad). Las autoridades promoverán la difusión de información y material que tengan por finalidad asegurar su bienestar social y ético, así como su desarrollo cultural y salud física y mental., Del Derecho a la Participación - Ser escuchados y tomados en cuenta en los asuntos de su interés. Participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia., Del Derecho de Asociación y Reunión - Asociarse y reunirse. Quienes ejerzan la patria potestad o tutela representarán a niñas, niños y adolescentes para el ejercicio del derecho de asociación., Del Derecho a la Intimidad - Intimidad personal y familiar, y a la protección de sus datos personales. Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación, Del Derecho a la Seguridad Jurídica y al Debido Proceso - Gozan de los derechos y garantías de seguridad jurídica y debido proceso. Siempre que se encuentre un NNA en el contexto de la comisión de un delito, se notificará de inmediato a quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia., Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes - Medidas especiales de protección que las autoridades deberán adoptar para garantizar los derechos de NNA migrantes, acompañados, no acompañados, separados, nacionales, extranjeros y repatriados. El ISN será una consideración primordial que se tomará en cuenta durante el procedimiento administrativo migratorio. El Sistema DIF deberá brindar la protección que prevé esta Ley., Derecho de Acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación - Acceso universal a las TIC, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet. (Política de inclusión digital universal en condiciones de equidad, asequibilidad, disponibilidad, accesibilidad y calidad). Acceso y uso seguro del Internet como medio efectivo para ejercer los derechos.,

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