1) Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. 2) Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. 3) Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. 4) Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas. 5) Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. 6) Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. 7) Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. 8) Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 9) Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país. 10) En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país. 11) Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. 12) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 13) Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

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