1) ¿Cuál es la función principal del capítulo sobre provisionalidades y suplencias? a) Asegurar la continuidad del servicio educativo cuando un cargo queda vacante. b) Regular únicamente el salario de los docentes reemplazantes. 2) ¿Cuándo cesa un docente provisional? a) Cuando el cargo se cubre con un titular. b) Cuando finaliza una licencia médica. 3) ¿Puede un docente solicitar licencia por estudios de perfeccionamiento? a) No, solo los titulares pueden pedir ese tipo de licencia b) Sí, si tiene al menos 3 años de antigüedad y aprobación del Director General. 4) ¿Qué ocurre si un docente no presenta la documentación para justificar una licencia? a) Se puede denegar o considerar inasistencia injustificada. b) Se le otorga automáticamente la licencia con goce de sueldo. 5) ¿Qué se considera falta grave respecto a las licencias? a) Presentarla con más de 24 horas de anticipación. b) Invocar una causa falsa para obtenerla. 6) ¿Quién califica anualmente al personal docente? a) El Tribunal de Disciplina. b) Su superior jerárquico directo. 7) ¿Qué calificación mínima se necesita para no ser excluido del listado de aspirantes? a) 6 puntos. b) 8 puntos. 8) ¿Qué puede hacer un docente si no está de acuerdo con su calificación? a) Debe aceptar la calificación sin derecho a reclamo. b) Presentar recurso de revocatoria y recurso jerárquico. 9) ¿Qué sucede si un docente presenta renuncia durante un sumario? a) Su aceptación depende del resultado del sumario. b) La renuncia se acepta automáticamente y el sumario se archiva. 10) ¿Cuánto tiempo prescribe una falta con sanción correctiva? a) Al año de cometida, salvo interrupciones del proceso. b) A los cinco años, siempre y sin excepciones. 11) ¿Cuándo se designa un docente suplente según el Art. 107 DR? a) Cuando la licencia del titular es de 5 o más días hábiles consecutivos. b) Solo cuando el titular renuncia definitivamente a su cargo. 12) ¿Qué debe hacer el docente al finalizar su licencia? a) Esperar una nueva notificación escrita para volver a trabajar. b) Reintegrarse de inmediato al cargo, o se considera abandono de puesto. 13) ¿Qué requisito tiene un suplente para poder pedir una licencia? a) Haber trabajado al menos un mes, salvo casos graves como maternidad o accidente. b) Tener más de cinco años de antigüedad en el sistema educativo. 14) ¿Qué ocurre si un superior jerárquico no califica al docente a su cargo? a) No tiene consecuencias administrativas. b) Se considera una falta grave para el calificador. 15) ¿Qué puede hacer la Subsecretaría de Educación durante una investigación por falta grave? a) Designar automáticamente a un nuevo titular en su lugar. b) Disponer el relevo o suspensión preventiva del docente mientras dure la investigación.

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